»Al hombre o a la mujer que le salga una llaga en la cabeza, o en la barba,
el sacerdote deberá examinarle la llaga. Si esta se ve más hundida que la piel, y el pelo se ve amarillento y delgado, el sacerdote lo declarará impuro. Se trata de tiña, es decir, lepra de la cabeza o de la barba.
»Si el sacerdote examina la llaga de la tiña, y esta no se ve más hundida que la piel, ni hay en ella ningún pelo negro, el sacerdote encerrará al llagado de tiña durante siete días.
Al séptimo día, el sacerdote examinará la llaga; si la tiña parece no haberse extendido, ni hay en ella ningún pelo amarillento, ni la tiña se ve más hundida que la piel,
entonces el sacerdote hará que el llagado se rasure, excepto en el lugar afectado, y encerrará al tiñoso siete días más.
Al séptimo día, el sacerdote examinará la tiña; si la tiña no se ha extendido por la piel, ni se ve más hundida que la piel, el sacerdote lo declarará limpio. Entonces el tiñoso lavará sus vestidos y quedará limpio.
»Si después de la purificación la tiña sigue extendiéndose por la piel,
el sacerdote la examinará, y si la tiña se ha extendido por la piel, no tendrá que buscar ningún pelo amarillento, pues esa persona es impura.
»Si el sacerdote estima que la tiña se ha detenido, y que en ella ha salido el pelo negro, la tiña ha sanado y el enfermo está limpio, y así lo declarará el sacerdote.
»Cuando un hombre o una mujer tenga manchas blancas en la piel de su cuerpo,
el sacerdote las examinará. Si en su piel aparecen manchas blancas semioscuras, la persona está limpia, pues se trata de una irritación de la piel.
»Si a un hombre se le cae el pelo, es calvo pero limpio.
Si se le cae el pelo de la frente, es calvo pero limpio.
Pero si en la calva o en la antecalva tiene una llaga blanca y rojiza, se trata de lepra que brotó en su calva o en su antecalva.
El sacerdote lo examinará, y si la hinchazón de la llaga blanca y rojiza en su calva o en su antecalva tiene el aspecto de la lepra de piel,
entonces ese hombre está leproso, y es impuro. Así lo declarará el sacerdote. Es impuro por la llaga que tiene en la cabeza.
»La persona leprosa y llagada se vestirá de andrajos y andará con la cabeza descubierta, y cubriéndose la boca gritará: “¡Impuro! ¡Impuro!”
Mientras la llaga permanezca en él, será impuro y vivirá solo y fuera del campamento.
»Si aparece plaga de lepra en algún vestido de lana, o de lino,
o en alguna urdimbre o trama de lino o de lana, o en algún objeto de cuero,
en un vestido o en cuero, en urdimbre o en trama, o en cualquier otro objeto de cuero, y la plaga es verdosa o rojiza, se trata de plaga de lepra y el sacerdote deberá examinarla.
El sacerdote la examinará, y durante siete días mantendrá bajo llave la cosa plagada.
Al séptimo día, examinará la plaga; si esta se ha extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, en el cuero, o en cualquier otro objeto de cuero, se trata de lepra maligna y será declarada impura.
Se quemará el vestido, o la urdimbre o trama de lana o de lino, o cualquier objeto de cuero infectado por tal plaga, porque es lepra maligna y debe arrojarse al fuego.
»Si el sacerdote hace el examen y no se ve que la plaga se haya extendido en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier otro objeto de cuero,
entonces mandará que se lave el objeto donde está la plaga, y una vez más lo mantendrá bajo llave durante siete días.
Una vez lavada la parte infectada, el sacerdote la examinará y, si se ve que la plaga no ha cambiado de aspecto, será declarada impura, aun cuando no se haya extendido. Ya sea que la corrosión esté en el derecho o en el revés del objeto infectado, este deberá quemarse, pues se trata de una corrosión penetrante.
»Si el sacerdote examina la plaga, y después de lavada esta se ve oscura, la cortará del vestido, del cuero, de la urdimbre o de la trama.
Pero si esta vuelve a aparecer en el vestido, en la urdimbre o en la trama, o en cualquier objeto de cuero, y se extiende por ellos, deberás echar al fuego aquello donde esté la plaga.
Pero si se lavó el vestido, la urdimbre o la trama, o cualquier otro objeto de cuero, y la plaga se quitó, se lavará por segunda vez, y después de eso quedará limpia.»
Esta es la ley para la plaga de lepra en vestidos de lana o de lino, o en urdimbres, tramas, o cualquier otro objeto de cuero, para que puedan ser declarados puros o impuros.