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Levítico 27:14-34

Levítico 27:14-34 NVI

»”Si alguno consagra su casa al SEÑOR, el sacerdote determinará su valor. El cálculo aplicado por el sacerdote deberá aceptarse, cualquiera que este sea. Si el que consagró su casa quiere rescatarla, deberá añadir una quinta parte al valor que haya fijado el sacerdote, y la casa volverá a ser suya. »”Si alguno consagra al SEÑOR parte del campo de su heredad familiar, su precio se determinará según la cantidad de semilla que se requiera para sembrarlo, a razón de cincuenta siclos de plata por cada jómer de semilla de cebada. Si consagra su campo a partir del año del jubileo, dicho precio se mantendrá; pero si lo consagra después del jubileo, el sacerdote hará el cálculo según el número de años que falten para el próximo jubileo, con el descuento correspondiente. Si el que consagra su campo realmente quiere rescatarlo, deberá añadir una quinta parte al valor que haya fijado el sacerdote, y el campo volverá a ser suyo. Pero si no lo rescata o se lo vende a otro, ya no podrá rescatarlo. Cuando en el jubileo el campo quede libre, será consagrado como campo reservado para el SEÑOR, y pasará a ser propiedad del sacerdote. »”Si alguno compra un campo que no sea parte de su heredad familiar y lo consagra al SEÑOR, el sacerdote determinará su precio según el tiempo que falte para el año del jubileo. Ese mismo día, el que consagra el campo pagará el monto de su valor. Es algo consagrado al SEÑOR. En el año del jubileo, el campo volverá a ser parte de la heredad familiar de su dueño anterior. Todo precio se fijará según la medida oficial del santuario, veinte guerás por cada siclo. »”Sin embargo, nadie podrá consagrar la primera cría de su ganado, sea de res o de oveja, pues por derecho las primeras crías pertenecen al SEÑOR. Si se trata de animales impuros, se podrán rescatar pagando el valor fijado por el sacerdote, más una quinta parte. Si no se rescata, se venderá en el precio que el sacerdote haya fijado. »”Nadie podrá vender ni rescatar sus bienes, sean hombres, animales o campos, si los ha consagrado como propiedad exclusiva del SEÑOR. Todo cuanto se consagra como propiedad exclusiva del SEÑOR es cosa santísima. »”Ninguna persona así consagrada podrá ser rescatada, sino que será condenada a muerte. »”El diezmo de todo producto del campo, ya sea grano de los sembrados o fruto de los árboles, pertenece al SEÑOR, pues le está consagrado. Si alguien desea rescatar algo de su diezmo, deberá añadir a su valor una quinta parte. En cuanto al diezmo del ganado mayor y menor, uno de cada diez animales contados será consagrado al SEÑOR. El pastor no hará distinción entre animales buenos y malos ni hará sustitución alguna. En caso de cambiar un animal por otro, los dos quedarán consagrados y no se les podrá rescatar”». Estos son los mandamientos que el SEÑOR dio a Moisés para los israelitas en el monte Sinaí.

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