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Números 35:9-34

Números 35:9-34 NVI

El SEÑOR le ordenó a Moisés que les dijera a los israelitas: «Cuando crucéis el Jordán y entréis a Canaán, escoged ciudades de refugio adonde pueda huir quien inadvertidamente mate a alguien. Esa persona podrá huir a esas ciudades para protegerse del vengador. Así se evitará que se mate al homicida antes de ser juzgado por la comunidad. »Seis serán las ciudades que reservaréis como ciudades de refugio. Tres de ellas estarán en el lado este del Jordán y las otras tres, en Canaán. Estas seis ciudades les servirán de refugio a los israelitas y a los extranjeros, sean estos inmigrantes o residentes. Cualquiera que inadvertidamente dé muerte a alguien podrá refugiarse en estas ciudades. »Si alguien golpea a una persona con un objeto de hierro, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. »Si alguien golpea a una persona con una piedra, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. »Si alguien golpea a una persona con un pedazo de madera, y esa persona muere, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. Corresponderá al vengador matar al asesino. Cuando lo encuentre, lo matará. »Si alguien mata a una persona por haberla empujado con malas intenciones, o por haberle lanzado algo intencionalmente, o por haberle dado un puñetazo por enemistad, el agresor es un asesino y será condenado a muerte. Cuando el vengador lo encuentre, lo matará. »Pero podría ocurrir que alguien sin querer empuje a una persona, o que sin mala intención le lance algún objeto, o que sin darse cuenta le deje caer una piedra, y que esa persona muera. Como en este caso ellos no eran enemigos, ni hubo intención de hacer daño, será la comunidad la que, de acuerdo con estas leyes, deberá arbitrar entre el acusado y el vengador. La comunidad deberá proteger del vengador al acusado, dejando que el acusado regrese a la ciudad de refugio adonde huyó, y que se quede allí hasta la muerte del sumo sacerdote que fue ungido con el aceite sagrado. »Pero, si el acusado sale de los límites de la ciudad de refugio adonde huyó, el vengador podrá matarlo, y no será culpable de homicidio si lo encuentra fuera de la ciudad. Así que el acusado debe permanecer en su ciudad de refugio hasta la muerte del sumo sacerdote. Después de eso podrá volver a su heredad. »Esta ley regirá siempre sobre todos tus descendientes, dondequiera que viváis. »Solo por el testimonio de varios testigos se le podrá dar muerte a una persona acusada de homicidio. Nadie podrá ser condenado a muerte por el testimonio de un solo testigo. »No aceptarás rescate por la vida de un asesino condenado a muerte. Tendrá que morir. »Tampoco aceptarás rescate para permitir que el refugiado regrese a vivir a su tierra antes de la muerte del sumo sacerdote. »No profanes la tierra que habitas. El derramamiento de sangre contamina la tierra, y solo con la sangre de aquel que la derramó es posible hacer expiación en favor de la tierra. »No profanes la tierra donde vives, y donde yo también vivo, porque yo, el SEÑOR, habito entre los israelitas».